* Juzgado de Distrito determina que un nuevo examen a notarios suplentes implica una transgresión de derechos adquiridos.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
El Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic concedió la protección de la justicia federal a la abogada María Natividad Samaniego Hernández, viuda del notario público José Luis López Ramírez, fallecido el pasado nueve de febrero y de quien era suplente.
La resolución es contra actos del Congreso del Estado, gobernador y director del Notariado en el Estado de Nayarit, a propósito de la solicitud de María Natividad Samaniego para que le sea expedida patente de la notaría número 14 de la Primera Demarcación, con oficinas en Tepic, por fallecimiento del que fuera titular, y luego que la dirección del Notariado le contestó que no era posible otorgarle la misma porque, con base en la Ley del Notariado del Estado de Nayarit, primero debía inscribirse al examen de oposición que se convoque para la designación de la notaría vacante, aprobar y resultar triunfadora.
Lo anterior, que en el caso de Samaniego Hernández es el primer acto de aplicación de la nueva Ley del Notariado publicada el 29 de abril del 2022, es lo que estudió el Juzgado de Distrito, dado que en su momento para ser designada suplente se sometió a un examen, por lo que ahora, se explica, “resultaría innecesaria la práctica de un nuevo examen para ser Notario Titular…”.
Insiste entonces la sentencia de amparo:
“Por tanto, se estima que lo anterior afecta el derecho fundamental a la irretroactividad de las normas, previsto en el artículo 14 constitucional, en tanto que las nuevas disposiciones de la vigente Ley del Notariado del Estado de Nayarit, al desconocer el examen aprobado por los Notarios Suplentes a fin de imponerles otro para ser Titulares, afectan derechos otorgados previamente por la normatividad abrogada.
“En efecto, no obstante que la imposición de exámenes descritos contribuye válidamente a la profesionalización de la labor notarial, lo cierto es que, por la forma en que es implementada, implica transgresión de derechos adquiridos de los Notarios Suplentes, ya que desconoce el examen que éstos tenían aprobado en términos de la legislación anterior y con el cual, se les reconocía el derecho a ser Notarios Titulares.
“De manera que, aunque la imposición de exámenes persigue una finalidad valida en torno a la profesionalización de la labor notarial, la forma en que implementó ese procedimiento resulta transgresor de derechos adquiridos.”
Más adelante, el fallo de la justicia federal remarca:
“Por tanto, se concluye que las normas materia de reclamo en el presente juicio causan un perjuicio desproporcional, pues no obstante que el examen impuesto a los Notarios Suplentes para ser Titulares tiene como finalidad la profesionalización de la función, lo cierto es que transgreden derechos adquiridos.
“Dicha transgresión consiste en el desconocimiento del examen aprobado por los Notarios Suplentes, el cual les otorgaba el derecho para poder ser Notarios Titulares.”
De acuerdo con el fallo protector, no se obliga a las autoridades correspondientes que se conceda a Samaniego Hernández la titularidad de la notaría 14, sino que se verifique que cumple con todos los requisitos, desincorporando en su caso la obligación de realizar examen para poder asumir el cargo de notario titular.
La resolución del presente amparo se ha conocido esta semana, por lo que no está firme y podría presentarse un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado.
Cabe agregar que la sentencia sentaría un precedente del que estarían pendientes decenas de notarios titulares y suplentes en el estado.
Amparan a Natividad Samaniego, viuda de López Ramírez, contra Ley del Notariado
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